Necesitas un contrato de arras cuando quieres reservar un inmueble y fijar, por escrito, las condiciones esenciales de la compraventa y las consecuencias de no cumplirlas. Es clave para coordinar tiempos (tasación, hipoteca, cancelación de cargas) y evitar pérdidas o conflictos.
No es obligatorio, pero es la forma más segura de reservar el inmueble y fijar consecuencias antes de la escritura.
Habitualmente entre el 5 % y el 10 % del precio, modulada por riesgo, financiación y tiempos.
Para no perder la señal, debes preverlo en el contrato como condición suspensiva de financiación.
Si son penitenciales, sí: devolverá el doble de las arras. Si no, rige lo pactado (cumplimiento o daños y perjuicios).